IUSera
Registro digital 2027759 · Jurisprudencia · 11a. Época · IX.P. J/7 P (11a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL NOVENO CIRCUITO.

PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LA EXPRESIÓN "OFICIOSAMENTE" NO ES SINÓNIMO DE "AUTOMATICIDAD" (INTERPRETACIÓN TELEOLÓGICA DEL ARTÍCULO 19, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS).

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En la sentencia recurrida el juzgador de amparo negó la protección constitucional contra la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, por considerarla una restricción de rango constitucional que prevalece sobre la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sin agotar, en términos de la tesis de jurisprudencia 2a./J. 163/2017 (10a.), un ejercicio de interpretación conforme y pro persona del segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito, de la interpretación tele...

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