PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS INTEGRANTES DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. LA PERSONA DENUNCIANTE TIENE EL CARÁCTER DE TERCERA INTERESADA EN EL JUICIO DE AMPARO EN EL QUE SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN RELATIVA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE LA MATERIA.
Texto de la tesis
Hechos: Integrantes de los cuerpos de seguridad pública de diversos Municipios del Estado de Jalisco promovieron juicio de amparo indirecto contra los procedimientos administrativos de responsabilidad que derivaron en sanciones. El Juez de Distrito consideró que, dada la naturaleza de los actos reclamados, no tenía el carácter de tercera interesada ninguna persona. Las sentencias emitidas en esos juicios fueron recurridas tanto por los quejosos como por las autoridades responsables que tramitaron los procedimientos reclamados. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina qu...
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