IUSera
Registro digital 2027710 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 78/2023 (11a.) · Segunda Sala

ACCESIBILIDAD EN LOS SISTEMAS DE MOVILIDAD. PARA QUE EXISTAN CONDICIONES DE INCLUSIÓN E IGUALDAD, NO BASTA CON EVITAR QUE SE NIEGUE EL ACCESO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SINO QUE LA AUTORIDAD DEBE LLEVAR A CABO ACCIONES CONCRETAS EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD QUE GARANTICEN EL USO DE TODO EL SISTEMA DE MOVILIDAD EN IGUALDAD DE CONDICIONES CON EL RESTO DE LAS PERSONAS USUARIAS.

Transporte y Comunicaciones Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un grupo de personas con discapacidad visual promovieron un juicio de amparo indirecto, en el cual argumentaron que diversas autoridades federales y locales incumplieron con su obligación de garantizar los derechos a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad en el Metro de la Ciudad de México. Correspondió a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocer del amparo en revisión. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que para que la movilidad se dé en condiciones de inclusión e igualdad, no bast...

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