SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. AL RESOLVER SOBRE SU CONCESIÓN, CUANDO SE RECLAMAN COMO AUTOAPLICATIVOS LOS ARTÍCULOS 12, 33, FRACCIONES VI Y VII, 34 Y DÉCIMO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN, NO PUEDE CONSIDERARSE QUE SUS EFECTOS Y CONSECUENCIAS SON DE NATURALEZA FUTURA E INCIERTA.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones discrepantes sobre la naturaleza de los efectos y consecuencias de los artículos 12, 33, fracciones VI y VII, 34 y décimo transitorio de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, al resolver sobre la suspensión provisional solicitada por las personas que acreditaron su calidad de investigadores nacionales nivel 1 y de docentes en instituciones educativas superiores privadas, con convenios celebrados con el entonces Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), quienes l...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.