IUSera
Registro digital 2027645 · Tesis aislada · 11a. Época · II.1o.1 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.

INCIDENTE DE FALTA DE PERSONALIDAD EN EL JUICIO LABORAL. AL SER DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO, DEBE SUSTANCIARSE DE INMEDIATO Y, ESCUCHADAS LAS PARTES, DE PROCEDER, CONTINUAR CON LAS ETAPAS DE LA AUDIENCIA TRIFÁSICA (LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio laboral la parte actora, en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, promovió incidente de falta de personalidad contra el apoderado legal de la parte demandada y ratificó su escrito inicial de demanda; la Junta continuó con la etapa de réplica y contrarréplica, después suspendió la audiencia; sustanció el incidente, lo declaró improcedente y determinó que la demandada no dio contestación a la demanda en el momento procesal oportuno, por lo que la condenó a la reinstalación y al pago de las prestaciones reclamadas. Contra esa determinación promovió juicio de am...

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