VINCULACIÓN A PROCESO. SE JUSTIFICA LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO CONSTITUCIONAL PARA RESOLVER AL RESPECTO, ANTE LA EXISTENCIA DE UNA CAUSA MATERIAL QUE IMPIDE GARANTIZAR EL DERECHO DE DEFENSA DE LOS IMPUTADOS EN LA AUDIENCIA RESPECTIVA, LO QUE NO TRANSGREDE EL ARTÍCULO 19 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, NI LOS PRINCIPIOS DE CONCENTRACIÓN Y CONTINUIDAD.
Texto de la tesis
Hechos: En la continuación de la audiencia inicial en la que se resolvería respecto de la vinculación a proceso de los imputados que solicitaron la duplicidad del plazo constitucional, el auxiliar de Sala informó al Juez de Control que personal del tribunal, con motivo de ciertas demandas de índole laboral, tenía tomadas las instalaciones y no permitía el ingreso de ninguna persona; ante dicha circunstancia el juzgador, al advertir la ausencia del defensor particular, con la finalidad de respetar el derecho de defensa de los imputados les explicó la necesidad de que aquél estuviera presente, e...
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