IUSera
Registro digital 2027581 · Jurisprudencia · 11a. Época · II.2o.A. J/2 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

PENSIONES DEL SISTEMA SOLIDARIO DE REPARTO. EL ARTÍCULO 70 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2022, AL ESTABLECER QUE SU MONTO SE ACTUALIZARÁ ANUALMENTE CONFORME AL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (INPC), NO VIOLA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Hechos: Diversas personas pensionadas del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM) promovieron juicio de amparo indirecto contra el artículo 70 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, reformado mediante Decreto Número 21, publicado en el Periódico Oficial local el 31 de enero de 2022, al considerar que viola el principio de irretroactividad previsto en el artículo 14 de la Constitución General, ya que el aumento anual al monto de su pensión se realizará conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (I...

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