CONFLICTO COMPETENCIAL POR RAZÓN DE LA MATERIA ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. CUANDO EL ACTO RECLAMADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CONSISTENTE EN LA INDEBIDA CUANTIFICACIÓN Y PAGO DE LA PENSIÓN JUBILATORIA PREVISTA EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, Y LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES SEAN PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX) Y SUS SUBSIDIARIAS, ES DE NATURALEZA LABORAL.
Texto de la tesis
Hechos: Dos Tribunales Colegiados de Circuito especializados, respectivamente, en materia de trabajo y administrativa, estimaron carecer de competencia legal, por razón de la materia, para conocer del recurso de queja interpuesto en contra del desechamiento de la demanda de amparo indirecto promovida contra Petróleos Mexicanos y Pemex Exploración y Producción, por el acto consistente en la indebida cuantificación y pago de la pensión jubilatoria otorgada conforme al Contrato Colectivo de Trabajo bienio 2003-2005. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Su...
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