IUSera
Registro digital 2027551 · Tesis aislada · 11a. Época · III.2o.C.6 K (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

AMPARO DIRECTO ADHESIVO. DEBEN DECLARARSE INOPERANTES LOS ARGUMENTOS DE LA TERCERA INTERESADA QUE LO PROMOVIÓ, CUANDO EN EL PRINCIPAL SE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL CON BASE EN UNA RAZÓN DERIVADA DE LA APLICACIÓN DE LA SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil oral la Juez, con fundamento en los artículos 1390 Bis 15 y 1390 Bis 16 del Código de Comercio, declaró legal la diligencia de emplazamiento y por perdido el derecho a dar contestación a la demanda; seguido el procedimiento se desahogó la audiencia preliminar, en la cual se concentró la audiencia de juicio y se dictó sentencia en el sentido de condenar a la demandada al pago de las prestaciones reclamadas; inconforme con lo resuelto promovió juicio de amparo directo e hizo valer como violación procesal, la ilegalidad de la revisión del llamamiento a jui...

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