INTERÉS LEGÍTIMO DE LAS ASOCIACIONES CIVILES PARA RECLAMAR EN JUICIO DE AMPARO INDIRECTO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS GENERALES. PARA ACREDITARLO BASTA PROBAR QUE SU OBJETO SOCIAL SE RELACIONA CON LA PROTECCIÓN Y/O LA DEFENSA DE UN DERECHO HUMANO DE NATURALEZA COLECTIVA.
Texto de la tesis
Hechos: Varias asociaciones civiles promovieron juicio de amparo indirecto en el que reclamaron la inconstitucionalidad de los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes. La Jueza de Distrito del conocimiento sobreseyó en el juicio al considerar que las quejosas no contaban con interés legítimo para impugnar tales normas generales. Inconformes, las quejosas interpusieron recurso de revisión, el cual fue atraído por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que para acred...
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