IUSera
Registro digital 2027515 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.P.CS. J/12 P (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA PENAL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE SOLICITA CONTRA LA ORDEN DE APREHENSIÓN POR DELITOS QUE NO AMERITAN PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA, LOS EFECTOS DE SU CONCESIÓN IMPIDEN QUE EL QUEJOSO SEA DETENIDO CUANDO COMPARECE ANTE EL JUEZ DE CONTROL, AUNQUE SE AUTORICE COMO MEDIDA CAUTELAR LA PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a posturas contrarias al analizar el alcance de los efectos de la suspensión provisional concedida respecto de una orden de aprehensión por delitos que no ameritan prisión preventiva oficiosa, pues mientras uno de los Tribunales Colegiados estimó que en los casos en que el acto reclamado es una orden de aprehensión, el otorgamiento de la suspensión no puede comprender la prohibición de privar al quejoso de la libertad si ello deriva de un diverso acto procesal, como la imposición de la medida cautelar consistente en prisión p...

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