RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 99, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO DE SONORA. ES IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN QUE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CUANDO ES EMITIDA POR EL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA LOCAL.
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio contencioso administrativo, la actora demandó la nulidad del dictamen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora (Isssteson), en el que se fijó el monto de su pensión. Durante el procedimiento, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa lo sobreseyó por caducidad de la instancia por inactividad procesal, dada la falta de impulso procesal de la parte actora; en contra de dicha resolución promovió juicio de amparo directo, sin agotar el recurso de revisión previsto en el artículo 99 de la Ley de Justicia...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.