CONSEJO DE HONOR DE LA ESCUELA MILITAR DE ODONTOLOGÍA. LA DETERMINACIÓN DE MALA CONDUCTA DE UN ALUMNO QUE ORDENA CONTINUAR CON EL PROCEDIMIENTO DE BAJA RESPECTIVO, CONSTITUYE UN ACTO INTRAPROCESAL DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
Texto de la tesis
Hechos: El Consejo de Honor de la Escuela Militar de Odontología determinó que un alumno incurrió en mala conducta por acumular más de 500 puntos de demérito y ordenó que se tramitara el procedimiento de baja respectivo. El alumno promovió juicio de amparo indirecto en contra de esa decisión; sin embargo, fue sobreseído por el Juez de Distrito al considerar que se trataba de un acto intraprocesal que no es de imposible reparación, porque no afectaba derechos sustantivos. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la resolución referida constituye un acto intraprocesal...
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