IUSera
Registro digital 2027437 · Tesis aislada · 11a. Época · II.2o.A.2 K (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. LA PREVENCIÓN PARA QUE SE ACLARE VIOLA EL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA JUSTICIA CUANDO ES INJUSTIFICADA U OCIOSA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En el juicio de amparo indirecto el quejoso reclamó el artículo 70 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios con motivo de su primer acto de aplicación. El Juez de Distrito lo previno para que aclarara si reclamaba esa disposición en su carácter de autoaplicativa o heteroaplicativa. Al desahogar la prevención, manifestó que la impugnaba como autoaplicativa, por lo que el Juez Federal desechó la demanda al considerar que su presentación fue extemporánea. Contra esa determinación se interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tri...

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