IUSera
Registro digital 2027366 · Tesis aislada · 11a. Época · XXX.3o.7 A (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO CIRCUITO.

CASAS DE EMPEÑO. EL ARTÍCULO 19, FRACCIÓN VIII, DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA LA OPERACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SU REGISTRO PÚBLICO, AL PREVER COMO REQUISITO PARA OBTENER SU CONSTANCIA DE REGISTRO, ACREDITAR LA CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA DE SEGURIDAD PRIVADA, VIOLA LOS ARTÍCULOS 21, 73, FRACCIONES XXIII Y XXIII BIS Y 115, FRACCIÓN III, INCISO H), DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.

Constitucional y Amparo Financiero y Bancario Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En el juicio de amparo indirecto la quejosa, quien se dedica a la actividad comercial de casa de empeño, reclamó del procurador Federal del Consumidor el artículo 19, fracción VIII, del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones de carácter general para la operación, organización y funcionamiento del Registro Público de Casas de Empeño, publicado el 5 de abril de 2022 en el Diario Oficial de la Federación. El Juez de Distrito negó la protección constitucional al considerar que la obligación de exhibir copia simple del documento que acredite la contratación de una empresa autori...

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