RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 871 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LOS ACUERDOS DEL SECRETARIO INSTRUCTOR POR LOS QUE NIEGA DECRETAR ALGUNA PROVIDENCIA CAUTELAR Y ORDENA LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
Texto de la tesis
Hechos: Una trabajadora promovió juicio de amparo indirecto contra dos acuerdos emitidos por el secretario instructor adscrito al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales; en uno negó decretar la providencia cautelar solicitada para que aquélla no se presentara a laborar en su centro de trabajo en el que se atendía a pacientes con el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), por padecer hipertensión arterial y, en otro, ordenó la suspensión del procedimiento laboral hasta que exhibiera la constancia de no conciliación. El Juez de Distrito desechó la demanda conforme al artículo 113 de la Ley de Amp...
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