IUSera
Registro digital 2027259 · Tesis aislada · 11a. Época · VII.2o.C.31 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

PENSIÓN COMPENSATORIA. EL ANÁLISIS PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DEL DESEQUILIBRIO ECONÓMICO COMO ELEMENTO PARA SU PROCEDENCIA, INCLUYE EL ESTUDIO DE LA EXISTENCIA DE LAS PÉRDIDAS ECONÓMICAS Y DE LOS PERJUICIOS DERIVADOS DEL COSTO DE OPORTUNIDAD.

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La Sala responsable consideró que no existía desequilibrio económico entre los consortes, derivado de la disolución del vínculo matrimonial, porque la cónyuge tenía una relación familiar con persona distinta y había procreado con ésta. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para realizar el análisis del desequilibrio económico, con el objeto de fijar la procedencia o improcedencia de la pensión compensatoria, los juzgadores deben incluir el estudio de la existencia de las pérdidas económicas –por haberse dedicado preponderantemente al hogar y al cuidado y...

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