GARANTÍA POR LA REPARACIÓN DEL DAÑO COMO REQUISITO PARA OBTENER LA LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN. DEBE HACERSE EFECTIVA LA PÓLIZA RESPECTIVA EN FAVOR DE LA VÍCTIMA CUANDO EL SENTENCIADO SE SUSTRAIGA DE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA, AUN CUANDO LA SENTENCIA NO HAYA CAUSADO EJECUTORIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Texto de la tesis
Hechos: Derivado de un accidente automovilístico en el cual falleció una persona, fue dictada sentencia privativa de la libertad en contra del responsable por el delito de homicidio a título de culpa, en la que además se le condenó a la reparación del daño en favor de los padres de la occisa, de lo cual apeló la defensora oficial. El sentenciado, que se encontraba gozando de la libertad provisional bajo caución, dejó de realizar sus presentaciones de ley; en razón de lo anterior, el tribunal de segunda instancia suspendió el procedimiento hasta que fuese reaprehendido y se decretó la correspon...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.