IUSera
Registro digital 2027232 · Tesis aislada · 11a. Época · I.3o.C.67 C (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONTRATOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 78 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, AL ESTABLECER COMO MÁXIMA DE LAS PARTES CONTRATANTES EL PRINCIPIO PACTA SUNT SERVANDA, ES CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL; SIN EMBARGO, SU APLICACIÓN DEBE TENER COMO LÍMITE LA DIGNIDAD HUMANA PARA NO EXPLOTAR AL HOMBRE POR EL HOMBRE.

Constitucional y Amparo Mercantil
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Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ordinario mercantil, la institución de crédito fiduciaria reclamó el incumplimiento de un contrato de fideicomiso en garantía, en el que se otorgó para tal efecto, un inmueble propiedad de la demandada. El origen del adeudo es la suscripción de un pagaré entre la demandada y una persona jurídica; así, para cobrar el adeudo del título de crédito, las partes celebraron un convenio de mediación, en el que la demandada reconoció el adeudo y se acordó que para efecto de pagar el mismo, se suscribiría un contrato de fideicomiso en el que se otorgaría un bien inmueble de su propi...

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