IUSera
Registro digital 2027207 · Tesis aislada · 11a. Época · 1a. XXVII/2023 (11a.) · Primera Sala

QUERELLA PRESENTADA POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD. EL ARTÍCULO 226 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN LAS PORCIONES NORMATIVAS "… O QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO …" Y "… O DE PERSONAS QUE NO TENGAN LA CAPACIDAD DE COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO …", ES INCONSTITUCIONAL Y CONTRARIO AL MODELO SOCIAL DE DISCAPACIDAD POR UTILIZAR UN LENGUAJE DISCRIMINATORIO Y ESTIGMATIZANTE.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En dos mil diecinueve, el tutor de una persona con discapacidad mental se querelló en contra de dos personas, quienes fueron vinculadas a proceso por el delito de abandono de familiares previsto en el artículo 236, párrafo segundo, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave. Durante la audiencia inicial, la defensa indicó que debía ser la propia víctima, es decir, la persona con discapacidad, quien tenía que querellarse. Sin embargo, la Jueza de Control resolvió que esta solicitud no era procedente porque la víctima tenía una discapacidad y la p...

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