IUSera
Registro digital 2027203 · Tesis aislada · 11a. Época · XVI.1o.P.39 P (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. EL PLAZO DE UN AÑO PARA QUE OPERE, PREVISTO EN LA PARTE FINAL DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 109 DE LA LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES, ES APLICABLE ÚNICAMENTE A LOS DELITOS QUE SE PERSIGUEN POR QUERELLA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En el juicio oral, el quejoso adolescente fue sentenciado por el tribunal especializado por su coautoría en la comisión de las conductas tipificadas como delitos de homicidio y lesiones, ambos con la agravante de ventaja; decisión que, en lo que aquí interesa, fue avalada por el tribunal de apelación. En el juicio de amparo directo su defensor alegó que debía considerarse prescrita la acción penal en el plazo de un año respecto de todas las conductas que no se encontraran establecidas en el catálogo de delitos que se sancionan con internamiento, previsto en el artículo 164 de la Ley Na...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.