IUSera
Registro digital 2027173 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.CN. J/18 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

DERECHOS POR LA INSCRIPCIÓN DE UN POLÍGONO DE ACTUACIÓN. EL ARTÍCULO 242, PÁRRAFOS PRIMERO Y QUINTO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO QUE LOS PREVÉ, AL ESTABLECER CUOTAS DIFERENCIADAS POR SERVICIOS IDÉNTICOS, VIOLA LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD.

Fiscal y Hacendario Urbanístico e Inmobiliario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones contrarias al analizar el artículo 242, párrafos primero y quinto, del Código Fiscal de la Ciudad de México, que dispone que los derechos por la inscripción de la constitución de un polígono de actuación se cubrirán conforme a una cuota de 4 al millar, que debe aplicarse sobre el valor comercial por metro cuadrado de la superficie del predio integrante del polígono, con base en el avalúo comercial elaborado por persona autorizada, pues mientras uno consideró que la disposición legal examinada vulnera los princi...

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