CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS. LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA (IFDP), CUENTA CON LEGITIMACIÓN PARA DENUNCIARLA AUN CUANDO LOS DEFENSORES DE ESE INSTITUTO NO HAYAN SIDO DESIGNADOS EN ALGUNO DE LOS JUICIOS DE AMPARO DE LOS QUE DERIVARON LOS CRITERIOS ANTAGÓNICOS, SI EN ÉSTOS SE RESOLVIERON CUESTIONES RELACIONADAS CON SUS FUNCIONES.
Texto de la tesis
Hechos: La persona titular de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) denunció una contradicción de criterios, pues dos Tribunales Colegiados de Circuito emitieron posturas discrepantes al resolver diversos recursos, con relación a los supuestos en donde el Instituto Federal de Defensoría Pública debe representar al quejoso privado de la libertad que presenta una demanda de amparo, por su propio derecho y sin representación alguna. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina qu...
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