IUSera
Registro digital 2027156 · Tesis aislada · 11a. Época · I.20o.A.8 A (11a.) · VIGESIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR –ACTUAL SUBSECRETARÍA DE BIENESTAR– TIENE ESE CARÁCTER CUANDO SE RECLAMA LA OMISIÓN DE INCORPORACIÓN AL PROGRAMA PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona adulta mayor promovió juicio de amparo indirecto contra la omisión de incorporarla al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y, en consecuencia, de otorgarle el apoyo económico correspondiente. El Juez de Distrito le concedió el amparo para el efecto de que la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de la Secretaría de Bienestar realizara el pago correspondiente. En contra de esa determinación, esta última interpuso recurso de revisión, al estimar que no es autoridad para efectos del juicio de amparo, porque no tiene competencia para negar la...

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