RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA NEGATIVA DEL JUEZ DE DISTRITO DE PRONUNCIARSE SOBRE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL ACTO RECLAMADO EN EL AUTO EN QUE DESECHÓ LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso interpuso recurso de queja contra el auto del Juez de Distrito en el que desechó su ampliación de la demanda de amparo indirecto, en la parte en la que, con motivo de dicho desechamiento, negó proveer sobre la suspensión provisional del acto reclamado solicitada. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo es improcedente contra la negativa del Juez de Distrito de pronunciarse sobre la suspensión provisional del acto reclamado en el auto en que desechó la ampli...
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