IUSera
Registro digital 2027108 · Tesis aislada · 11a. Época · XVIII.2o.P.A.18 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.

PARIDAD DE GÉNERO EN EL PROCESO DE ELECCIÓN DEL DIRECTOR O DIRECTORA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS (UAEM). EN LAS SENTENCIAS DE AMPARO EN LAS QUE SE ENCUENTRE VINCULADO EL DERECHO DE LA MUJER A ACCEDER A ESE CARGO, PARA LOGRAR SU RESTITUCIÓN INTEGRAL, DEBE ORDENARSE LA EMISIÓN DE UNA NUEVA CONVOCATORIA DIRIGIDA SÓLO A MUJERES.

Constitucional y Amparo Educación, Cultura y Deporte Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto, la quejosa impugnó la convocatoria para el proceso de elección de director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), al considerar que obstaculizaba el acceso a las mujeres para ocupar dicho cargo. El Juez de Distrito concedió el amparo para que quedara sin efectos la convocatoria y sus consecuencias, así como para que se implementaran medidas positivas que permitan revertir la discriminación estructural hacia la mujer en el proceso relativo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circ...

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