IUSera
Registro digital 2027069 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIV.1o.44 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.

AUTO INICIAL DE TRÁMITE DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. NO ES LA ACTUACIÓN PROCESAL OPORTUNA PARA ANALIZAR SI EL ACTO RECLAMADO PROVIENE DE UNA PERSONA MORAL QUE REALIZA ACTOS EQUIVALENTES A LOS DE UNA AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO SE LE RECLAMA LA DIFUSIÓN Y EMISIÓN DE DIVERSAS PUBLICACIONES, TANTO VISUALES COMO ESCRITAS, EN MEDIOS ELECTRÓNICOS –PÁGINAS DE INTERNET–.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto la parte quejosa señaló como autoridad responsable a una persona moral titular de un buscador de páginas electrónicas, a quien le atribuyó como actos reclamados la difusión y emisión de diversas publicaciones, tanto visuales como escritas, en medios electrónicos que, a su parecer, atentaban contra su honor, decoro, vida privada y reputación. El Juez de Distrito desechó de plano la demanda, al considerar que a dicha persona moral no le revestía el carácter de autoridad responsable. Inconforme, interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal...

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