IUSera
Registro digital 2027062 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.CN. J/12 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONCEDERLA A LOS PROPIETARIOS, ADMINISTRADORES O RESPONSABLES DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 51, FRACCIÓN I BIS, 60, PÁRRAFO PRIMERO Y FRACCIÓN III, Y 65 BIS DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO.

Constitucional y Amparo Salud
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Texto de la tesis

Hechos: Los órganos colegiados contendientes analizaron la procedencia de la suspensión provisional en el juicio de amparo indirecto, en los que se reclamaron, entre otros, los artículos 51, fracción I bis, 60, párrafo primero y fracción III, y 65 bis, del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco; sin embargo, llegaron a conclusiones diversas, pues un órgano colegiado estimó procedente concederla, mientras que el otro determinó negar la medida cautelar, aduciendo las razones previstas en la fracción II del artículo 128 de la Ley de Amparo. Criterio jurídico: El Pleno Regional en...

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