SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. SI ES NEGADA AL PATRÓN CONTRA LA REINSTALACIÓN DEL TRABAJADOR, ÉSTE NO PUEDE SOLICITAR QUE SE LE CONCEDA POR UN MONTO PARA SU SUBSISTENCIA, YA QUE AQUÉLLA ES EL RECLAMO PRINCIPAL QUE LA GARANTIZA.
Texto de la tesis
Hechos: La parte patronal promovió juicio de amparo directo contra la condena a reinstalar al trabajador y solicitó la suspensión. La autoridad responsable negó ésta respecto de la reinstalación y la concedió por el resto de las prestaciones reclamadas. Contra esa determinación la parte trabajadora promovió recurso de queja y solicitó que en lugar de ser reinstalada, se le otorgara un monto para su subsistencia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en los casos en que la parte patronal solicite la suspensión en un amparo directo y ésta le sea negada por cuanto h...
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