COPIAS CERTIFICADAS ELECTRÓNICAMENTE EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE AUTORIZAR SU EXPEDICIÓN MEDIANTE EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (FIREL) Y SU ENVÍO DESDE EL CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio de amparo indirecto el Juez de Distrito negó la expedición de copias certificadas electrónicamente y su envío mediante correo electrónico a la parte quejosa, al considerar que dicho supuesto no se encuentra previsto en el artículo 3o. de la Ley de Amparo, por lo que dejó expedito su derecho para que las solicitara y le fueran entregadas por sí o por conducto de la persona autorizada para tal efecto. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede autorizar la expedición de copias certificadas electrónicamente mediante el uso de la Firma Electró...
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