IUSera
Registro digital 2027008 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 86/2023 (11a.) · Primera Sala

CÓMPUTO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA O ARRESTO DOMICILIARIO EN ABONO A LA PENA IMPUESTA. CORRESPONDE A LA JUEZA O EL JUEZ DE EJECUCIÓN, QUIEN SERÁ AUXILIADO POR LA AUTORIDAD PENITENCIARIA Y EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO RESPECTIVO.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron puntos contrarios sobre quién es la autoridad responsable de realizar el cómputo de la prisión preventiva o arresto domiciliario para el abono en la pena impuesta conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que de una lectura sistemática de la Ley Nacional de Ejecución Penal, del Código Nacional de Procedimientos Penales y en cumplimiento a los nuevos lineamientos en el sistema penitenciario, es competencia única del Juzgado de Eje...

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