AUDIENCIA PRELIMINAR EN EL JUICIO LABORAL. LA NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO QUE FIJA FECHA Y HORA PARA SU DESAHOGO PUEDE HACERSE POR BOLETÍN, AUN CUANDO EXISTA APERCIBIMIENTO DE SANCIÓN EN CASO DE INASISTENCIA.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio laboral se ordenó la notificación del acuerdo que fija fecha y hora para el desahogo de la audiencia preliminar por boletín, apercibiendo a las partes que en caso de no comparecer se les tendrían por consentidas las actuaciones que en cada etapa sucedan y quedarían precluidos los derechos procesales que deban ejercitarse en cada una de ellas, en caso de inasistencia injustificada. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la notificación del acuerdo que fija fecha y hora para el desahogo de la audiencia preliminar, a pesar de contener apercibimie...
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