IUSera
Registro digital 2026983 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.CN. J/6 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

IMPOSIBILIDAD DE CONCRETAR LOS EFECTOS CONCESORIOS DEL AMPARO. NO SE ACTUALIZA ESA CAUSA DE IMPROCEDENCIA CUANDO LA PARTE QUEJOSA, EN SU CALIDAD DE SOCIA CONDUCTORA DE UNA PLATAFORMA DIGITAL, RECLAMA LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO SÉPTIMO, INCISOS A) Y C), POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE PERSONAS MORALES QUE OPEREN Y/O ADMINISTREN APLICACIONES Y PLATAFORMAS INFORMÁTICAS PARA EL CONTROL, PROGRAMACIÓN Y/O GEOLOCALIZACIÓN EN DISPOSITIVOS FIJOS O MÓVILES, A TRAVÉS DE LAS CUALES LOS PARTICULARES PUEDEN CONTRATAR EL SERVICIO PRIVADO DE TRANSPORTE CON CHOFER EN EL DISTRITO FEDERAL.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes discreparon en torno a si se actualiza o no la causa de improcedencia derivada de lo previsto en los artículos 61, fracción XXIII y 78 de la Ley de Amparo, relativa a que no puedan concretarse los efectos de una eventual sentencia de amparo, cuando la parte quejosa en su carácter de socia conductora de una plataforma digital, reclama el artículo séptimo, incisos a) y c), del Acuerdo por el que se crea el registro de personas morales que operen y/o administren aplicaciones y plataformas informáticas para el control, programación y/o ge...

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