IUSera
Registro digital 2026980 · Tesis aislada · 11a. Época · (X Región)1o.1 L (11a.)

ETAPA PREJUDICIAL CONCILIATORIA EN MATERIA LABORAL. LOS VICIOS ATRIBUIDOS A SU TRAMITACIÓN NO SON SUSCEPTIBLES DE ANALIZARSE COMO VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un trabajador reclamó el pago de diversas prestaciones laborales; la demandada compareció al juicio, dio contestación a la demanda, opuso excepciones y ofreció pruebas; al dictarse la sentencia se le condenó y en el juicio de amparo directo que promovió hizo valer como violación al procedimiento vicios en la citación al procedimiento conciliatorio. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los vicios atribuidos a la tramitación de la etapa prejudicial conciliatoria no pueden ser analizados como violaciones al procedimiento en el juicio de amparo directo, ya q...

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