IUSera
Registro digital 2026965 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.C.CN. J/12 C (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

ACCIÓN DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE (PRO FORMA). LA PERSONA TERCERA EXTRAÑA AL JUICIO CONCLUIDO QUE ACOGIÓ LA ACCIÓN Y QUE SE OSTENTA COMO VERDADERA PROPIETARIA DEL INMUEBLE NO TIENE INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR LA FALTA DE LLAMAMIENTO AL JUICIO NATURAL.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un recurso de revisión administrativa se impugnó la sentencia que otorgó el amparo para que la quejosa fuera llamada al juicio agrario en el que se acogió la acción pro forma (también se reclamaron diversos actos de ejecución). El Tribunal Colegiado de Circuito desestimó los agravios en los que se hizo valer la falta de interés jurídico de la quejosa y confirmó el otorgamiento del amparo. Por su parte, otros dos Tribunales Colegiados de Circuito conocieron de amparos en revisión civil en los cuales se reclamó la falta de emplazamiento, las sentencias y su ejecución en juicios civile...

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