IUSera
Registro digital 2026942 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.A.29 A (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PRIMA DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO. ES IMPROCEDENTE SU RECTIFICACIÓN SI EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) NO ACREDITA QUE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA SON DIVERSAS A LAS QUE SE AUTOCLASIFICÓ, QUE CONLLEVEN UNA PELIGROSIDAD QUE LA AMERITE.

Fiscal y Hacendario Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona moral promovió juicio de nulidad contra la resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante la cual rectificó la clasificación de la prima del seguro de riesgos de trabajo, al considerar que del objeto social de la escritura notarial de la actora (operar hoteles) y de los avisos de riesgos de trabajo acontecidos a diversos trabajadores, en los que se precisa como actividad "hotelería", se advertía que realizaba actividades con una peligrosidad distinta a la declarada. La Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró su nulidad, al...

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