IUSera
Registro digital 2026930 · Tesis aislada · 11a. Época · XXI.2o.C.T.1 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

INSTITUCIONES DE CRÉDITO. ANTE SU PLURALIDAD DE ADMINISTRACIONES Y, EN CONSECUENCIA, DE DOMICILIOS, QUEDA A ELECCIÓN DEL ACREEDOR EL LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA EN SU CONTRA, CUANDO NO EXISTA PACTO DE SUMISIÓN.

Financiero y Bancario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: La institución bancaria demandada con una multiplicidad de servicios, administraciones y sucursales, omitió designar expresamente en el documento base de la acción el fuero al que se sometería en caso de controversia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que ante la pluralidad de administraciones de una institución de crédito y, en consecuencia, de domicilios, queda a elección del acreedor el lugar de la presentación de la demanda en su contra, cuando no haya pacto de sumisión. Justificación: Lo anterior, porque en los artículos 1093, 1094, 1104, 1105 y 1106...

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