DISMINUCIÓN DE LA PENA POR CONFESIÓN RATIFICADA EN LA DECLARACIÓN PREPARATORIA. SI EL INCULPADO SE RETRACTA ALEGANDO QUE LA REALIZÓ BAJO TORTURA Y ESTA ESTRATEGIA DEFENSIVA, A LA POSTRE, RESULTA INEFICAZ, ELLO NO LE IMPIDE ACCEDER A ESE BENEFICIO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 82 TER DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA (DEROGADO).
Texto de la tesis
Hechos: El Tribunal de Alzada negó al enjuiciado el beneficio previsto en el artículos 82 Ter del Código Penal del Estado de Puebla (derogado), que establecía la disminución de la pena en una tercera parte cuando el activo confesara ante el Ministerio Público su participación en la comisión del delito y dicha confesión fuera ratificada ante el Juez de la causa en la declaración preparatoria; en su resolución, sostuvo que la no aplicación del beneficio obedecía a que, posteriormente, en la diligencia de interrogatorio realizado por la defensa al acusado, se retractó de su confesión y aunque ale...
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