CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO. EL AUTO DEL JUEZ DE DISTRITO QUE VINCULA A LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, CON EL OBJETO DE QUE SE EJECUTE UN LAUDO DE UN JUICIO LABORAL DONDE A SU VEZ ES PARTE DEMANDADA NO LE IRROGA PERJUICIO, DADA SU NATURALEZA AMBIVALENTE DE PATRÓN Y AUTORIDAD CON ATRIBUCIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA [INAPLICABILIDAD DE LAS TESIS DE JURISPRUDENCIA 2A./J. 31/2014 (10A.) Y 2A./J. 79/2014 (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: El Juez de Distrito tuvo a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Puebla como autoridad vinculada al cumplimiento de una ejecutoria de amparo, con motivo de que el tribunal responsable le informó que giró oficio a la citada dependencia, demandada en el juicio laboral, a efecto de que aperturara una partida presupuestal destinada a cumplir un laudo firme. Inconforme con dicho proveído, esa secretaría adujo ilegalidad en la determinación, por no tomarse en cuenta que no es autoridad responsable, sino patrón demandado en el juicio laboral y, con tal carácter, se...
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