RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 871 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. SU PROCEDENCIA NO SE LIMITA A LOS ACTOS DEL SECRETARIO INSTRUCTOR ESTABLECIDOS EN ESE PRECEPTO.
Texto de la tesis
Hechos: Los demandados en un procedimiento laboral ordinario promovieron juicio de amparo indirecto contra la resolución emitida por el secretario instructor en la que se desecharon los incidentes de nulidad interpuestos y se les impuso una multa a cada uno. El Juez de Distrito desechó la demanda al considerar actualizada la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, porque no agotaron el recurso de reconsideración previsto en el artículo 871 de la Ley Federal del Trabajo; inconformes, interpusieron recurso de queja aduciendo que el medio de impugna...
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