RECURSOS EN EL JUICIO DE AMPARO. SU INTERPOSICIÓN POR VÍA ELECTRÓNICA DEBE REALIZARSE A TRAVÉS DEL PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR LO QUE NO ES VÁLIDA MEDIANTE EL CORREO INSTITUCIONAL DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES A CARGO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a decisiones contradictorias al analizar si en el juicio de amparo es posible interponer recursos por medio del correo electrónico institucional de los Juzgados de Distrito, pues mientras un Tribunal Colegiado consideró que en el juicio de amparo únicamente es posible interponer recursos a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, el otro Tribunal Colegiado estimó que, en el contexto de la pandemia por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), se habilitó el uso del correo electrónico para presentar r...
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