JUICIO SUCESORIO AGRARIO. CUANDO EN EL PROCEDIMIENTO RELATIVO SE ADUCEN CAUSAS DE INCAPACIDAD PARA HEREDAR ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO 1316 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio sucesorio intestamentario en materia agraria, la parte actora demandó el mejor derecho para heredar las prerrogativas agrarias de su hijo fallecido, dado que éste no designó sucesores. La parte demandada –en reconvención– adujo que aquélla abandonó al autor de la sucesión; circunstancia que también arguyó el actor principal respecto de su contraparte. El Tribunal Unitario Agrario resolvió que ambas partes tenían derecho a heredar, al haberse probado que eran ascendientes del de cujus, conforme al artículo 18, fracción IV, de la Ley Agraria, sin resolver si alguna de las pa...
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