INTERÉS JURÍDICO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PARA TENERLO POR DEMOSTRADO LOS JUECES DE DISTRITO DEBEN VERIFICAR EN EL SISTEMA INTEGRAL DE SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES (SISE), SI EXISTE UN DIVERSO PROCEDIMIENTO DEL QUE SE ADVIERTA QUE EL QUEJOSO FUE PARTE, PARA INVOCARLO COMO HECHO NOTORIO, ANTE LA FALTA DEL INFORME JUSTIFICADO DE LA RESPONSABLE.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo indirecto. El Juez de Distrito señaló fecha y hora para la audiencia constitucional y requirió el informe justificado a la autoridad responsable, sin que ésta lo hubiese rendido; por lo que en sentencia determinó tener por presuntivamente cierto el acto reclamado, pero sobreseyó en el juicio con fundamento en la fracción V del artículo 63 de la Ley de Amparo, al considerar actualizada la causa de improcedencia prevista en la fracción XII del artículo 61 del mismo ordenamiento, porque el quejoso no acreditó su interés jurídico. Criterio jurídico: Est...
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