IUSera
Registro digital 2026797 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.L.CS. J/27 L (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS (CAPUFE) Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

Laboral y Seguridad Social Transporte y Comunicaciones
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, al interpretar la jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación P./J. 10/2021 (11a.), sostuvieron posturas encontradas respecto del tribunal que debe conocer del juicio, pues mientras uno de ellos estimó que dicho criterio no analizó lo relativo a la competencia y consideró que si las relaciones de trabajo entre el organismo descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) y sus trabajadores se rigen bajo el apartado A del artículo 123 de la Constitución General, del juicio...

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