PLAZO PARA EL CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN COMPLEMENTARIA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. NO PUEDE EXCEDER EL MÁXIMO LEGAL CON MOTIVO DE LA ACUMULACIÓN DE CAUSAS PENALES.
Texto de la tesis
Hechos: En una causa penal se decretó auto de vinculación a proceso contra el quejoso; posteriormente, en diversa causa penal fue vinculado a proceso por otro delito cometido en agravio de distinta ofendida. La Fiscalía solicitó la acumulación de ambas causas penales (seguidas por delitos cuya pena máxima excede los dos años de prisión) y la Jueza de Control lo autorizó, determinando que el plazo para el cierre de la investigación complementaria se "homologaría" para ambos procesos, feneciendo conforme al cómputo del segundo de ellos, pero la defensora no estuvo conforme con que se excediera e...
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