IUSera
Registro digital 2026767 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 27/2023 (11a.) · Segunda Sala

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. NO PROCEDE EL ENVÍO AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO CUANDO DEJA DE EXISTIR LA MATERIA DEL CUMPLIMIENTO POR DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y/O POR CONVENIO DE LAS PARTES.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes adoptaron posturas discrepantes sobre un mismo punto de derecho al analizar, en el trámite de cumplimiento de la sentencia de amparo, un supuesto de inexistencia de materia debido al desistimiento de la acción por la parte actora y/o por convenio entre las partes en el juicio de origen. La persona juzgadora de amparo declaró sin materia el cumplimiento y envió el incidente de inejecución de sentencia al órgano revisor, quien emitió pronunciamiento. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvi...

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