SISTEMA PENAL ACUSATORIO. AL IGUAL QUE EN EL SISTEMA TRADICIONAL (MIXTO), LOS ACTOS DEL MINISTERIO PÚBLICO TENDENTES Y PROCESALMENTE INDISPENSABLES PARA LA SECUENCIA DE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN, YA SEA INFORMAL O JUDICIALIZADA, AL SER DE ORDEN PÚBLICO E INTERÉS SOCIAL, NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO GENERADORES DE AFECTACIÓN AL INTERÉS JURÍDICO DEL QUEJOSO, POR LO QUE EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO [ACLARACIÓN DE LA TESIS AISLADA II.2O.P.51 P (10A.)].
Texto de la tesis
Hechos: Una persona investigada por su posible participación en la comisión de un delito promovió juicio de amparo indirecto contra los actos del Ministerio Público tendentes a la judicialización de la carpeta de investigación correspondiente y la petición al Juez de Control de fijar fecha para la audiencia de formulación de la imputación. El Juez de Distrito desechó de plano la demanda y este Tribunal Colegiado de Circuito confirmó esa determinación al no afectarse el interés jurídico del quejoso y estimó aplicable, en lo conducente, la tesis aislada II.2o.P.51 P (10a.), respecto de la cual c...
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