IUSera
Registro digital 2026727 · Tesis aislada · 11a. Época · VIII.3o.P.A.4 P (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO.

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. LAS PARTES NO PUEDEN RENUNCIAR AL PLAZO LEGAL PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN EN SU CONTRA, POR LO QUE NO SE ACTUALIZA UNA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Dentro de un procedimiento abreviado, en la audiencia donde se emitió el fallo oral respectivo, el Ministerio Público, la defensa y el sentenciado manifestaron su conformidad con la resolución y renunciaron al plazo legal para interponer el recurso de apelación. Dicha petición se acordó en el sentido de que una vez que se emitiera el fallo escrito correspondiente, causaría ejecutoria por estar conformes todas las partes, lo que a la postre así se reflejó dentro de los puntos resolutivos de la resolución respectiva. Posteriormente, en contra de ésta se promovió juicio de amparo directo....

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