IUSera
Registro digital 2026693 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.C.CS. J/2 C (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.

CONCURSOS MERCANTILES. LA GARANTÍA HIPOTECARIA CONSTITUIDA EN BIENES DE UN TERCERO NO DEUDOR, EN EJERCICIO DE LA LIBERTAD CONTRACTUAL O DE NEGOCIACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 5O. DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, OPERA COMO UN INSTRUMENTO DE NEGOCIACIÓN EN LA ETAPA DE CONCILIACIÓN.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, al analizar si el acreedor con garantía hipotecaria constituida en bienes de un tercero no deudor debe ser reconocido con el carácter de preferente en la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos, arribaron a conclusiones contrarias, pues mientras uno consideró que la prerrogativa que se otorga a los créditos con garantía real no está condicionada al hecho de que el crédito reclamado sea propiedad del comerciante concursado, el otro resolvió que para efecto de considerar a un acreedor con un privilegio especial,...

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