IUSera
Registro digital 2026684 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 33/2023 (11a.) · Segunda Sala

AMPARO DIRECTO EN MATERIA LABORAL. CUANDO DE LAS ACTUACIONES SE ADVIERTA LA REALIZACIÓN DE ALGUNA CONDUCTA CONSTITUTIVA DE DELITO, SE DEBERÁ DAR VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL PARA QUE ACTÚE EN CONSECUENCIA.

Penal Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: En un conflicto individual de seguridad social una persona reclamó el otorgamiento y pago de una pensión de vejez. El Instituto Mexicano del Seguro Social controvirtió la acción de la actora, aduciendo que contaba con menos semanas de cotización y un salario inferior a los señalados en la demanda. Para demostrar su excepción exhibió el certificado de derechos. La accionante lo objetó y ofreció la prueba de inspección. Puesto que en la diligencia respectiva el Instituto no exhibió las documentales requeridas, pero sí la información que aparece en su sistema informático, la autoridad lab...

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